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2026-07-31 · 8 min · tributación-pyme

Tienes giros del SII vencidos: qué pasa si no pagas y cómo salir del hoyo (convenio TGR y condonación)

Un giro es una orden de pago: el SII determinó que debes un impuesto (un F29 no pagado, una diferencia detectada, una multa) y lo puso en un documento con folio y vencimiento. Lo que muchas PyMEs no dimensionan es la mecánica del crecimiento: un giro ignorado no se queda quieto — y tampoco desaparece solo.

Qué pasa mientras no pagas

Paso 1: mira la deuda real, no la que recuerdas

El monto que te suena ("debía como $800 mil") casi nunca es el monto actual: los giros se reajustan y acumulan interés cada mes. Antes de decidir nada, levanta la foto completa: todos los giros, su estado (vigente, vencido, en cobranza), y el monto actualizado a hoy. Se consulta en el portal del SII (giros emitidos) y en el sitio de la TGR (deuda fiscal en cobranza). Son dos fuentes — y conviene mirar ambas, porque no siempre cuentan lo mismo.

Paso 2: condonación — la parte negociable

El impuesto en sí no se perdona, pero intereses y multas sí se pueden condonar en parte, y suele ser la fracción más grande de una deuda vieja. La condonación se pide al pagar (o al firmar convenio) y el porcentaje depende de la resolución vigente, del canal (el pago en línea suele tener mejor condonación que la sucursal) y de tu comportamiento previo. En deudas con años de intereses acumulados, la diferencia entre pagar "a secas" y pagar con condonación bien pedida puede ser enorme. Nunca pagues una deuda vieja sin pasar por la opción de condonación primero.

Paso 3: el convenio de pago con la TGR

Si no puedes pagar al contado, la TGR ofrece convenios de pago en cuotas que se firman en línea:

  1. En el sitio de la TGR, identifica la deuda y simula el convenio: pie inicial y número de cuotas (típicamente hasta 12 en el canal online; más cuotas en casos calificados).
  2. La simulación aplica la condonación de intereses y multas que corresponda al convenio.
  3. Firmas con ClaveÚnica y pagas el pie. Las cuotas quedan calendarizadas.
  4. La letra chica que importa: si dejas de pagar cuotas, el convenio caduca, la condonación se revierte y la cobranza se reactiva. Un convenio es una segunda oportunidad — rara vez hay tercera en buenos términos.

Con convenio vigente y al día, además, puedes obtener los certificados que la deuda bloqueaba — para muchas PyMEs ese es el motivo real de firmarlo.

¿Y la prescripción?

Existe (Arts. 200 y 201 CT: regla general de 3 años, ampliable a 6 en ciertos casos), pero no operan solas: la cobranza activa la interrumpe y alegarla requiere gestión — no es una estrategia, es una defensa de último recurso para deudas muy antiguas y mal tramitadas. Si tu deuda es reciente, el camino realista es condonación + convenio.

Automatizarlo

SIIMaster sincroniza tus giros directo del SII con su estado y monto actualizado, te muestra la deuda total real (la que crece, no la que recuerdas), y te alerta cuando un giro nuevo aparece o uno vigente está por vencer — antes de que pase a cobranza. En el plan Gratis ves toda tu situación de deuda sin pagar.


Artículo informativo; no reemplaza asesoría profesional. Normativa citada: Arts. 53, 97, 200 y 201 del Código Tributario. Los porcentajes de condonación y condiciones de convenio dependen de las resoluciones vigentes del SII y la TGR.

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